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¿Presos sin derecho a asistencia médica? La Abogacía del Estado elaboró un informe que sostiene que, obviamente, “la condición de asegurado del ciudadano no se altera por el hecho de que ingrese en prisión y, por tanto, el interno tiene derecho a la asistencia sanitaria como derecho propio y no en calidad de recluso”,....“la financiación de dicha asistencia debe ser asumida por el Servicio de Salud donde se ubique el centro penitenciario”.