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ARRENDAMIENTOS - RESOLUCIÓN CONTRATOS

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APLICACIÓN DE LA REGLA REBUS SIC STANTIBUS CON OCASIÓN DEL COVID 19 Luego de mucho trasegar doctrinal y jurisprudencial, por fin se reconoce de manera legal, la aplicación de la regla Rebus Sic Stantibus.  Sin salir aún de la pandemia, se realiza la siguiente consulta jurídica: Un grupo de estudiantes tienen la posesión en régimen de arrendamiento una vivienda. Estando vigente el mismo, se decreta por el Gobierno el estado de alarma. Los estudiantes se retiran a sus lugares de origen. Dejan en el interior de la vivienda todos sus enseres. Se suspenden las clases, sin que exista certeza sobre la fecha de reanudación de las mismas.  Tienen en su poder las llaves de la vivienda. Tampoco existe certeza sobre una fecha cierta de normalización de la vida social.  Se exige por el propietario el pago de la cantidad acordada como renta. Los estudiantes pregunta que pueden hacer ?
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Vuelve la universalidad al Servicio Nacional de Salud Desde el martes, los inmigrantes en situación administrativa irregular, así como las personas nacionalizadas en España, los extranjeros residentes, los pensionistas que residen en otros países y los trabajadores transfronterizostendrán derecho a recibir asistencia sanitaria. Todo ello gracias a la entrada en vigor de un anunciado Real Decreto que elimina una de las normas más criticadas dentro del Real Decreto 16/2012 puesto en marcha por el Gobierno de Mariano Rajoy. La medida fue aprobada el pasado viernes en el Consejo de Ministros, a propuesta de la ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Carmen Montón.
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“Para cuando salí de la cárcel  todo había cambiado” Años después de vivir entre rejas, no es fácil adaptarse a una sociedad “en la que te sientes tan raro”. Las calles ya no son las mismas, la gente no deja de usar el móvil. “No hay pisos ni empleos dignos”, relata un donostiarra tras cumplir condena.
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Acceso a Justicia de españolas y  españoles presos en el extranjero Este proyecto nace en respuesta a las demandas de las personas españolas privadas de libertad en centros penitenciarios del extranjero con el objetivo de impulsar y mejorar su acceso a la Justicia.
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¿Presos sin derecho a asistencia médica? La Abogacía del Estado elaboró un informe que sostiene que, obviamente, “la condición de asegurado del ciudadano no se altera por el hecho de que ingrese en prisión y, por tanto, el interno tiene derecho a la asistencia sanitaria como derecho propio y no en calidad de recluso”,....“la financiación de dicha asistencia debe ser asumida por el Servicio de Salud donde se ubique el centro penitenciario”.